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Festivos de Colombia: guía completa de los 19 días festivos

Cuántos festivos tiene Colombia, cuáles se trasladan al lunes, cómo se calcula la Semana Santa y qué significa cada uno. Guía con los 19 festivos oficiales, sus fechas y sus historias.

Colombia tiene diecinueve días festivos al año reconocidos por la ley. No son pocos: es uno de los calendarios con más festivos de América Latina, y la diferencia no es casualidad sino historia. La mayoría vienen del santoral católico que España instaló durante la colonia; algunos conmemoran batallas e independencias; uno —el más reciente, de 2026— reconoce a la patrona del país. Juntos forman un calendario que mezcla historia civil, tradición religiosa y geografía cultural en una secuencia que va del Año Nuevo al 25 de diciembre con diecinueve pausas distribuidas a lo largo del año.

Los 19 festivos de Colombia en 2026

Ordenados por fecha de descanso. La fecha exacta de cada año la calcula el motor del sitio; toca el nombre para leer la historia detrás de cada festivo.

FestivoDescanso 2026Tipo
Año Nuevojueves, 1 de enero de 2026Fijo
Reyes Magoslunes, 12 de enero de 2026 · forma puenteTrasladable
Día de San Josélunes, 23 de marzo de 2026 · forma puenteTrasladable
Jueves Santojueves, 2 de abril de 2026Móvil
Viernes Santoviernes, 3 de abril de 2026 · forma puenteMóvil
Día del Trabajoviernes, 1 de mayo de 2026 · forma puenteFijo
Ascensión del Señorlunes, 18 de mayo de 2026 · forma puenteMóvil
Corpus Christilunes, 8 de junio de 2026 · forma puenteMóvil
Sagrado Corazón de Jesúslunes, 15 de junio de 2026 · forma puenteMóvil
San Pedro y San Pablolunes, 29 de junio de 2026 · forma puenteTrasladable
Virgen de Chiquinquirálunes, 13 de julio de 2026 · forma puenteTrasladable
Independencia de Colombialunes, 20 de julio de 2026 · forma puenteFijo
Batalla de Boyacáviernes, 7 de agosto de 2026 · forma puenteFijo
Asunción de la Virgenlunes, 17 de agosto de 2026 · forma puenteTrasladable
Día de la Diversidad Étnica y Culturallunes, 12 de octubre de 2026 · forma puenteTrasladable
Día de Todos los Santoslunes, 2 de noviembre de 2026 · forma puenteTrasladable
Independencia de Cartagenalunes, 16 de noviembre de 2026 · forma puenteTrasladable
Inmaculada Concepciónmartes, 8 de diciembre de 2026Fijo
Navidadviernes, 25 de diciembre de 2026 · forma puenteFijo

Cuántos festivos tiene Colombia y de dónde vienen

La Ley 51 de 1983 —la que todo el mundo conoce como Ley Emiliani por el senador que la impulsó— estableció el catálogo base de festivos colombianos: diez días trasladables al lunes y ocho con fecha fija, dieciocho en total. Ese catálogo estuvo vigente sin cambios de fondo durante más de cuatro décadas. En 2026, la Ley 2578 añadió el 9 de julio —Virgen de Chiquinquirá, patrona de Colombia— como festivo trasladable, llevando el total a diecinueve.

La mayoría de los festivos colombianos tiene raíz religiosa porque el calendario laboral se construyó sobre el santoral católico heredado de España. Cuando el Estado republicano del siglo XIX organizó sus instituciones, adoptó las fiestas que la población ya celebraba y las formalizó como días de descanso remunerado. No fue una decisión nueva: fue la legalización de una práctica ya instalada. Por eso el calendario colombiano tiene más festivos religiosos que países de tradición protestante, donde la secularización del calendario laboral fue más temprana.

Los festivos cívicos —el 1 de mayo, el 20 de julio, el 7 de agosto y el 11 de noviembre— llegaron después, a medida que el Estado nación fue construyendo su propio calendario de conmemoraciones.

Los tres tipos de festivos colombianos

¿Este festivo se traslada o no? La respuesta depende de a cuál de los tres grupos del calendario colombiano pertenece.

TipoCómo se fijaCuántos
FijosMisma fecha cada año; nunca se trasladan8
TrasladablesFecha de origen fija; el descanso pasa al lunes si no cae en lunes11
MóvilesSe calculan desde la Pascua; siempre entre semana, siempre al lunes3 (dentro de los trasladables)

Festivos fijos (8) — Caen siempre en la misma fecha, sin importar el día de la semana. La Ley Emiliani no los toca: Año Nuevo, Día del Trabajo, Independencia de Colombia, Batalla de Boyacá, Inmaculada Concepción, Navidad, y los dos de Semana Santa —Jueves Santo y Viernes Santo— que son de fecha móvil pero no se trasladan.

Festivos trasladables (11) — Tienen fecha de origen en el santoral, pero si no caen en lunes, el descanso pasa al lunes siguiente: Reyes Magos, Día de San José, San Pedro y San Pablo, Virgen de Chiquinquirá, Asunción de la Virgen, Día de la Diversidad Étnica y Cultural, Todos los Santos e Independencia de Cartagena.

Festivos móviles (3) — Se calculan a partir del Domingo de Resurrección y siempre se trasladan al lunes: Ascensión del Señor (+39 días), Corpus Christi (+60 días) y Sagrado Corazón (+68 días).

Cómo se calcula la fecha de Semana Santa

La Semana Santa es el único período del calendario colombiano cuya fecha cambia de forma significativa de un año a otro —puede oscilar hasta cinco semanas— y cuyo cálculo no es intuitivo. La fecha del Domingo de Resurrección sigue la regla del Concilio de Nicea de 325 d. C.: es el primer domingo después de la primera luna llena que ocurra a partir del 21 de marzo. El resultado puede caer entre el 22 de marzo y el 25 de abril.

  1. Equinoccio (21 mar)

    El cálculo arranca en el equinoccio de primavera del hemisferio norte.

  2. Primera luna llena

    Se toma la primera luna llena eclesiástica posterior al equinoccio.

  3. Domingo de Resurrección

    Es el primer domingo después de esa luna llena.

  4. Los 5 festivos del ciclo

    Jueves Santo (−3), Viernes Santo (−2), Ascensión (+39), Corpus (+60), Sagrado Corazón (+68).

El Domingo de Resurrección define toda la secuencia hacia atrás (Jueves y Viernes Santo) y hacia adelante (Ascensión, Corpus Christi, Sagrado Corazón). El motor de este sitio calcula automáticamente todas esas fechas para el año en curso y los siguientes.

La Ley Emiliani: el sistema detrás del calendario

El sistema que organiza los festivos trasladables y convierte muchos de ellos en puentes de tres días tiene nombre propio: la Ley Emiliani, nombre popular de la Ley 51 de 1983. Un festivo que cae en miércoles no da descanso continuo; trasladado al lunes siguiente, da tres días seguidos pegados al fin de semana. Eso es lo que los colombianos llaman puentes.

¿Qué festivos se mueven, cuántos hay y cuánto se paga por trabajar uno? La guía de la Ley Emiliani lo explica.

Ley Emiliani →

Festivos y trabajo: lo que dice la ley

Descansar el festivo es la regla general; trabajarlo es la excepción con costo adicional. El empleador que pida trabajo en festivo debe pagar el salario ordinario del día más el recargo correspondiente sobre el salario base. Ese recargo sube por etapas: 80 % desde julio de 2025, 90 % desde julio de 2026 y 100 % desde julio de 2027, según la Ley 2466 de 2025 que reformó el Código Sustantivo del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos festivos tiene Colombia?
Diecinueve. El último en añadirse fue la Virgen de Chiquinquirá (9 de julio), incorporada por la Ley 2578 de 2026.
¿Colombia es el país con más festivos de América Latina?
Está entre los que más tienen. Con diecinueve festivos, supera a países como Chile, Argentina o Perú (alrededor de 15 cada uno).
¿Qué festivos no se trasladan nunca?
Los ocho fijos: 1 de enero, 1 de mayo, 20 de julio, 7 de agosto, Jueves Santo, Viernes Santo, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
¿Cuáles son los tres festivos que siempre forman puente?
Ascensión, Corpus Christi y Sagrado Corazón. Su posición en el ciclo litúrgico los coloca siempre entre semana, por lo que la Ley Emiliani siempre los traslada al lunes.
¿Cómo sé cuándo cae exactamente el festivo este año?
El motor de este sitio calcula las fechas de descanso para el año en curso. Consulta la tabla de arriba o la ficha de cada festivo.
¿Qué pasa si trabajo un festivo?
Recibes el pago ordinario del día más el recargo por festivo: 80 % en 2025, 90 % en 2026 y 100 % desde julio de 2027 (Ley 2466 de 2025). El recargo va sobre el salario base.

Fuentes

  1. Ley 51 de 1983 (catálogo de festivos y regla de traslado). Departamento Administrativo de la Función Pública, Gestor Normativo. Ver norma oficial
  2. Ley 2347 de 2024 (cambio de nombre del 12 de octubre). Departamento Administrativo de la Función Pública, Gestor Normativo. Ver norma oficial
  3. Ley 2578 de 2026 (adición de la Virgen de Chiquinquirá). Departamento Administrativo de la Función Pública, Gestor Normativo. Ver norma oficial
  4. Ley 2466 de 2025 (reforma laboral; recargo escalado). Departamento Administrativo de la Función Pública, Gestor Normativo. Ver norma oficial

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